Auto Supremo AS/0211/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0211/2005

Fecha: 13-Jun-2005

CONSIDERANDO: que, para la formulación y admisibilidad del recurso de casación se deben cumplir las




VISTOS: el recurso de casación de fojas 128 a 129 interpuesto por Daniel Arancibia Martínez y Teofila Camacho Villegas de Arancibia, impugnando el Auto de Vista de 19 de abril de 2005 de fojas 122 a 123 pronunciado por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Publico contra Teofila López Vela y los recurrentes, por el delito de transporte de sustancias controladas, sancionado por el artículo 55 de la Ley 1008; y,

CONSIDERANDO: que, para la formulación y admisibilidad del recurso de casación se deben cumplir las condiciones formales previstas en los artículos 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal: 1. presentar el recurso dentro de los cinco días de haber sido notificado con el Auto de Vista objeto de la impugnación, 2. citar el precedente contradictorio en el recurso de casación, 3. precisar los hechos similares, y, 4. establecer la contradicción de una o más normas adjetivas o sustantivas aplicadas en el Auto de Vista impugnado con relación al precedente invocado