A los efectos de la segunda parte del artículo 418 del Código de Procedimiento Penal,
A los efectos de la segunda parte del artículo 418 del Código de Procedimiento Penal, se dispone remitir, mediante Secretaría, a todas las Salas Penales de las Cortes Distritales del país, copias fotostáticas de la Sentencia de fojas 15 a 17, Auto de Vista de fojas 51 a 53 y el presente Auto de Admisión a objeto de que se inhiban de resolver procesos en los que se debaten las mismas cuestiones de derecho, hasta conocer la resolución del recurso de casación interpuesto
- PARTES: Ministerio Público c/ Hever Menacho Hurtado
- Tráfico de sustancias controladas
- Que la exigencia de invocar precedentes contradictorios es indispensable para recurrir de casación porque así
- CONSIDERANDO: que examinados los obrados del proceso, es evidente que pronunciado el Auto de Vista
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, en aplicación del
- A los efectos de la segunda parte del artículo 418 del Código de Procedimiento Penal,
- Regístrese y hágase saber
- Sucre, veintitrés de junio de dos mil cinco
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara.
