Auto Supremo AS/0239/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0239/2005

Fecha: 15-Ago-2005

Sobre el particular, de la revisión de obrados se constata que lo denunciado por el


Que, en ese marco legal, este Supremo Tribunal pasa a examinar si son evidentes las infracciones de normas denunciadas, por cuanto en la casación en el fondo, el recurrente pretende se case el auto de vista y, en consecuencia, se declare improbada la demanda.

Sobre el particular, de la revisión de obrados se constata que lo denunciado por el recurrente no es evidente, por cuanto además de no cumplir el requisito exigido por el art. 258 inc. 2) del Pdto. Civil, de manera general y vaga señala que el tribunal ad quem, no se habría pronunciado sobre los puntos apelados, incurriendo en la omisión de falta de fundamentación del recurso, que más se asemeja a un memorial de conclusiones, toda vez que la simple cita de disposiciones legales infringidas que realizó el recurrente no es suficiente, al no estar demostrada la vulneración de manera concreta