Tráfico de Sustancias Controladas
SALA PENAL SEGUNDA
AUTO SUPREMO: No. 267 Sucre 23 de agosto de 2005
DISTRITO: Cochabamba
PARTES: Ministerio Público c/ Jaime Juan Meneses Zeballos y otro
Tráfico de Sustancias Controladas
AUTO SUPREMO: No. 267 Sucre 23 de agosto de 2005
DISTRITO: Cochabamba
PARTES: Ministerio Público c/ Jaime Juan Meneses Zeballos y otro
Tráfico de Sustancias Controladas
- Tráfico de Sustancias Controladas
- CONSIDERANDO: que la Ley Nº 1970 de 25 de marzo de 1999, en sus artículos
- CONSIDERANDO: que en el sub lite, de la revisión del recurso de fojas 135 a
- Al margen de lo anterior, de la lectura del recurso en análisis se concluye que
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con intervención de
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Sucre, veintitrés de agosto de dos mil cinco
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara.
