Que el tribunal de apelación no consideró que en la etapa preparatoria del juicio no
Que el tribunal de apelación no consideró que en la etapa preparatoria del juicio no se permitió al recurrente la presencia de un traductor, motivo por el cual ni siquiera adquirió pleno conocimiento del motivo de su juzgamiento, generando este hecho la nulidad absoluta de toda la prueba de cargo y la vulneración de los artículos 5, 9, 10, 12, 111, 115, 174, 185 inciso 1) y 342 del Código de Procedimiento Penal
- Transporte de Sustancias Controladas
- CONSIDERANDO: que la Ley N° 1970 de 25 de marzo de 1999, en sus artículos
- CONSIDERANDO: que en caso de autos, el recurrente acusa violación de los derechos constitucionales protegidos
- Que el tribunal de apelación no consideró que en la etapa preparatoria del juicio no
- Que en cuanto al principio de imparcialidad se refiere, se han transgredido las normas previstas
- Por lo precedentemente expuesto, impetra al Supremo Tribunal se admita el recurso interpuesto y se
- CONSIDERANDO: que al denunciar violación a los derechos fundamentales del recurrente se abre la competencia
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con intervención de
- Regístrese y hágase saber
- Sucre, veintitrés de agosto de dos mil cinco
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara.
