Auto Supremo AS/0274/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0274/2005

Fecha: 02-Sep-2005

CONSIDERANDO: Que interpuesto el recurso de reclamación a fs





VISTOS: El recurso de casación de fs. 99-98, interpuesto por Evelyn Soraya Jazmín Grande Gómez, en representación legal del Servicio Nacional del Sistema de Reparto (SENASIR), contra el Auto de Vista de fs. 96, pronunciado por la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior de Justicia de La Paz, dentro del proceso de Reclamación seguido por Ismael Manuel Delgado Flores, contra la Dirección de Pensiones; los antecedentes del proceso, el dictamen Fiscal de fs. 106-107, y

CONSIDERANDO: Que interpuesto el recurso de reclamación a fs. 62, la Comisión de Reclamación de la Dirección de Pensiones, pronunció Resolución Administrativa Nº. 069.00 cursante a fs. 73-72, CONFIRMANDO la Resolución Nº. 015297 por la que, la Comisión de Calificación de Rentas, desestimó la solicitud de renta impetrada por Ismael Delgado Flores. En grado de apelación, la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, a fs. 96, pronunció Auto de Vista REVOCANDO la resolución apelada y disponiendo que la Dirección de Pensiones proceda a calificar la renta reclamada; fallo que motivó el recurso de casación que acusa infracción por aplicación errónea del art. 42 del Código de Seguridad Social, por no haber considerado que el asegurado no cumple con el requisito de tener al menos 18 cotizaciones comprendidas en los 36 últimos meses anteriores al reconocimiento de la invalidez a que se refiere el citado dispositivo, concordante con el art. 20 del Manual de Prestaciones de Rentas en Curso de Pago y Adquisición, solicitando en consecuencia definitiva casar el Auto de Vista impugnado y se declara firme y subsistente la Resolución 015297 de 20 de agosto de 1998