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    Auto Supremo AS/0381/2005
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0381/2005

    Fecha: 26-Sep-2005

    Regístrese, hágase saber y devuélvase


    POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, con la facultad conferida por el artículo 50 numeral 1) de la Ley 1970 y 59 inc. 1) de la Ley Organización Judicial, declara INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por Manuel Bejarano Montero a fojas 99 a 103.

    RELATORA: Ministra Dra. Beatriz A. Sandoval de Capobianco

    Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • CONSIDERANDO: que impugnando el Auto de Vista de fojas 86 a 88 vuelta, recurre de
    • Que el imputado en su recurso manifiesta: 1
    • CONSIDERANDO: que, de la revisión y análisis del precedente invocado por el recurrente Manuel Bejarano
    • Que, en el recurso de casación, debe establecerse con precisión la contradicción existente entre los
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • Proveído.- Ruth Burgos Bonilla - Secretaria de Cámara.

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