CONSIDERANDO: que de la revisión de los datos del proceso y en uso de la
VISTOS: el recurso de casación de fojas 256 a 257 vuelta, interpuesto por Javier Marcelo Chambi, impugnando el Auto de Vista Nº 194 de fojas 254 vuelta, pronunciado por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el recurrente, por el delito de violación previsto por el Art. 308 del Código Penal, modificado por el Art. 2 de la Ley 2033 de 29 de octubre de 1999, el requerimiento fiscal de fojas 262 a 263 y,
CONSIDERANDO: que de la revisión de los datos del proceso y en uso de la facultad prevista por el Art. 15 de la Ley de Organización Judicial, que dispone: "los tribunales y jueces de alzada en relación con los de primera instancia y los de casación respecto de aquellos están obligados a revisar los procesos de oficio, a tiempo de conocer una causa, si los jueces y funcionarios observaron los plazos y leyes que norman la tramitación y conclusión de los procesos para aplicar en su caso las sanciones pertinentes"
- PARTES : Ministerio Público c/ Javier Marcelo Chamba
- Violación
- MINISTRA RELATORA: Dra. Beatriz A. Sandoval de Capobianco
- CONSIDERANDO: que de la revisión de los datos del proceso y en uso de la
- Que en el caso de autos los operadores de justicia no observaron la circular Nº
- 2
- 3
- De donde se concluye
- CONSIDERANDO: que, de la revisión detallada del proceso se establece, que si bien la denuncia
- Que, al haber ingresado esta causa a despacho del Juez Instructor Nº 3 de la
- Por lo señalado precedentemente y con la facultad que confiere el Tribunal Supremo el Art
- POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia en ejercicio de
- Fdo. Dra. Beatriz A. Sandoval de Capobianco
- Dra. Rosario Canedo Justiniano
- de Cámara de la Sala Penal Primera.
