VISTOS: el recurso de casación de fojas 169 a 170, interpuesto por Carlos Ariel Ruiz,
SALA PENAL SEGUNDA
AUTO SUPREMO: No. 451 Sucre, 20 de octubre de 2006
DISTRITO: Santa Cruz
PARTES: Ministerio Público y otro c/ Carlos Ariel Ruiz
Lesiones graves
RELATORA: MINISTRA DRA. BEATRIZ SANDOVAL
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VISTOS: el recurso de casación de fojas 169 a 170, interpuesto por Carlos Ariel Ruiz, impugnando el Auto de Vista de 3 de octubre de fojas 157 a 159, pronunciado por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Farug Kalaf Abrego contra el recurrente por el delito de lesiones graves, sus antecedentes, y:
CONSIDERANDO: que el recurrente citando los Autos Supremos Nº 47/01, Nº 133/01 y Nº 310/04, los que dice resuelven procesos penales cuya base fáctica sería similar si no idéntica a la de Autos y que sin embargo el Auto de Vista que impugna, sería contradictorio a los referidos fallos precedentes en cuanto a la determinación del quantum de la pena, la que alega le resulta excesivamente gravosa, toda vez de que no se habría considerado que su participación en el hecho fue culposa
AUTO SUPREMO: No. 451 Sucre, 20 de octubre de 2006
DISTRITO: Santa Cruz
PARTES: Ministerio Público y otro c/ Carlos Ariel Ruiz
Lesiones graves
RELATORA: MINISTRA DRA. BEATRIZ SANDOVAL
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VISTOS: el recurso de casación de fojas 169 a 170, interpuesto por Carlos Ariel Ruiz, impugnando el Auto de Vista de 3 de octubre de fojas 157 a 159, pronunciado por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Farug Kalaf Abrego contra el recurrente por el delito de lesiones graves, sus antecedentes, y:
CONSIDERANDO: que el recurrente citando los Autos Supremos Nº 47/01, Nº 133/01 y Nº 310/04, los que dice resuelven procesos penales cuya base fáctica sería similar si no idéntica a la de Autos y que sin embargo el Auto de Vista que impugna, sería contradictorio a los referidos fallos precedentes en cuanto a la determinación del quantum de la pena, la que alega le resulta excesivamente gravosa, toda vez de que no se habría considerado que su participación en el hecho fue culposa
- VISTOS: el recurso de casación de fojas 169 a 170, interpuesto por Carlos Ariel Ruiz,
- CONSIDERANDO: que planteada la acusación fiscal y luego del juicio oral público y contradictorio, el
- De esta resolución recurre en casación Carlos Ariel Ruiz, recurso que es admitido por Auto
- CONSIDERANDO: que el recurrente simplemente refiere que las situaciones de hecho entre la resolución que
- Si bien es evidente la afirmación del recurrente, que en los precedentes se imponen penas
- En esos antecedentes, se tiene que no existe contradicción entre la resolución impugnada y los
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con intervención de
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Sucre, veinte de octubre de dos mil seis
- Cámara- (en suplencia legal)
