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2.- Denuncia también de violación al artículo 308 bis del Código Penal así como el artículo 164 del mismo cuerpo legal, porque a criterio suyo, nunca "se dieron" los ilícitos acusados, y que en realidad se trata de una venganza.
3.- Finalmente, acusa de que el Auto de Vista no aplicó el principio "in dubio pro reo" a su favor, empero al respecto, el recurrente tampoco explica los fundamentos para que se aplique este principio en su favor
- VISTOS: el recurso de casación interpuesto por Jorge Ariel Vargas Peredo, cursante de fojas 450
- Que de esta resolución, el imputado recurre en apelación, la misma que es resuelta por
- CONSIDERANDO: que el imputado Jorge Ariel Vargas Peredo recurre de casación, con el siguiente fundamento
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- CONSIDERANDO: que en análisis de la conducta ilícita por la cual fue procesado el recurrente,
- Por otra parte el argumento del imputado en sentido de que la sentencia y el
- Por lo que, en análisis de la conducta ilícita por la cual fue procesado el
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con intervención de
- Relatora: Ministra Dra. Rosario Canedo Justiniano
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Sucre, treinta de octubre de dos mil seis
- Proveído.- Sandra Magaly Mendivil Bejarano - Secretaria de Cámara.
