Asimismo, el Tribunal de Casación admite el recurso de casación cuando advierte que en la
Asimismo, el Tribunal de Casación admite el recurso de casación cuando advierte que en la revisión de los datos del proceso, se ha cometido una acción u omisión que posiblemente constituya defecto absoluto que no haya sido reparado por el Tribunal de Alzada, acto que puede afectar los principios del debido proceso, seguridad jurídica, tutela judicial efectiva; en ese caso, existe la necesidad de declarar la admisibilidad del recurso de casación interpuesto
- Peculado y otro
- CONSIDERANDO: que el Tribunal de Casación declara admisible el recurso de casación, cuando el recurrente
- Asimismo, el Tribunal de Casación admite el recurso de casación cuando advierte que en la
- Que el recurrente ha cumplido con los requisitos de admisibilidad exigidos por el artículo 417
- POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema, con la intervención de la
- Regístrese y hágase saber
- Fdo. Dra. Beatriz A. Sandoval de Capobianco
- Dra. Rosario Canedo Justiniano
- Sucre 11 de octubre de 2006
- Proveído.- Abog. Sandra Magaly Mendivil Bejarano - Secretaria de Cámara de la Sala Penal Primera.
