Auto Supremo AS/0935/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0935/2006

Fecha: 03-Oct-2006

POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de


Consiguientemente corresponde resolver el recurso en la forma prevista por el art. 271 inc. 1) y 274-II del Cód. Pdto. Civ., aplicables por mandato del art. 252 del Cód. Proc. Trab.

POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la atribución contenida en el inc. 1) del art. 60 de la L.O.J., en desacuerdo con el dictamen fiscal de fs. 291-292, CASA parcialmente el auto de vista recurrido, disponiendo que en ejecución de sentencia se reste el pago de las duodécimas de aguinaldo insertas en la liquidación de fs. 241 y declara IMPROCEDENTE el recurso de casación de fs. 285-287, sin costas por ser ambas partes recurrentes