Auto Supremo AS/0937/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0937/2006

Fecha: 03-Oct-2006

Por lo expuesto, queda en evidencia que tanto el Juez de primera instancia como el


Por lo expuesto, queda en evidencia que tanto el Juez de primera instancia como el Tribunal de apelación, incurrieron en las violaciones acusadas en el recurso y en la apreciación errónea de la prueba, conforme se ha analizado, corresponde enmendar tal circunstancia en el marco de lo establecido en el art. 274 del Cód. Pdto. Civ., en mérito a la permisión contenida en el art. 252 del Cód. Proc. Trab