CONSIDERANDO II: Que, del examen del recurso corresponde analizar si lo denunciado es evidente o
CONSIDERANDO II: Que, del examen del recurso corresponde analizar si lo denunciado es evidente o no; de cuyo análisis y compulsa se tiene:
I.- Analizando los fundamentos del recurso de casación en la forma, sobre el particular, carece de sustento legal, por cuanto debe tenerse presente que el tribunal de apelación ajustó su resolución a los datos del proceso, que fue pronunciada con intervención de dos vocales, conforme exige el art. 100 de la L.O.J., sin incurrir en ninguna de las causales de nulidad enumeradas en el art. 247 de la L.O.J., por ello no procede la alegada, por imperio del art. 251-1) del Pdto. Civil
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso, el Juez del Trabajo y Seguridad Social de la
- En grado de apelación, por auto de vista No
- En el fondo, refiere que no procede el pago del desahucio ni hubo tácita reconducción,
- CONSIDERANDO II: Que, del examen del recurso corresponde analizar si lo denunciado es evidente o
- En autos, si bien el recurso cita algunas disposiciones legales como infringidas, empero no precisa
- Que, en este marco legal, se concluye que el auto de vista se ajusta a
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- No se regula el honorario profesional del Abogado, por no haberse respondido el recurso
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
