CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Cuarto del Trabajo y Seguridad Social
+++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 740-741, interpuesto por Oscar Martínez Martínez, representante de los ex trabajadores del Servicio Departamental de Caminos-La Paz, contra el auto de vista Nº 189/04-SSA-I de 14 de septiembre de 2004 (fs. 708-709), pronunciado por la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz; dentro el proceso social que sigue Oscar Martínez Martínez, Juan Choque Agno, Bernardino Pari Muñoz y Jorge Palacios Campos, Secretario General, de Relaciones y Conflictos y de Hacienda, respectivamente, del Sindicato de ex trabajadores del Servicio Departamental de Caminos-La Paz contra el Servicio Departamental de Caminos-La Paz, el dictamen fiscal de fs. 746-747, los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Cuarto del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de La Paz, emitió la sentencia Nº 37/2001 de 13 de junio de 2001 (fs. 670-671), declarando improbada la demanda de fs. 3, probada la excepción de pago e improbada la excepción de prescripción de fs. 251-252
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Cuarto del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación, por auto de vista Nº 189/04-SSA-I de 14 de septiembre de
- Que, contra el auto de vista, el representante de los ex trabajadores del Servicio Departamental
- CONSIDERANDO II
- 3
- Concluyéndose que no son evidentes las infracciones denunciadas por el recurrente, por lo que corresponde
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- No se regula honorario profesional de Abogado, por no haber sido respondido el recurso
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
