1) En el fondo, alegan que se canceló los beneficios sociales que correspondía a los
Dicho fallo motivó que los personeros legales de la Cooperativa demandada, planteen recurso de casación en el fondo y en la forma, solicitando se case el auto de vista, sin exponer un petitorio claro y concreto; en base a los siguientes argumentos:
1) En el fondo, alegan que se canceló los beneficios sociales que correspondía a los ex trabajadores de Coopagal Ltda., de acuerdo al convenio suscrito con ellos y que no existió ni un solo día de cesantía porque ingresaron a trabajar a la empresa Epsa Manchaco Sam.; que el tribunal de apelación no habría realizado la valoración de la prueba aportada al proceso
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- En grado de apelación, interpuesto por la entidad demandada, por auto de vista No
- 1) En el fondo, alegan que se canceló los beneficios sociales que correspondía a los
- 2) En la forma, señalan los mismos argumentos del punto anterior, indicando como infringido el
- Que, a este efecto y de la revisión del recurso, se colige que no cumple
- Que, en ese marco legal, lo expuesto en el recurso es insuficiente, haciendo inviable su
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario profesional, en la suma de Bs
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
