CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Tercero del Trabajo y Seguridad Social
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VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 113-114, interpuesto por Guillermo Rocha Pizarro, apoderado legal de la Honorable Alcaldía Municipal de la ciudad de La Paz, contra el auto de vista Nº 221/04-SSAIII de 24 de septiembre de 2004 (fs. 110), pronunciado por la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz; dentro el proceso social que sigue Marco Antonio Cuentas Rojas contra la entidad Edil que representa el recurrente, el dictamen fiscal de fs. 123-124, los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Tercero del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de La Paz, emitió la sentencia Nº 80/2002 de 19 de octubre de 2002 (fs. 79-82), declarando probada en parte la demanda de fs. 7, disponiendo que el Municipio demandado, cancele a favor del actor, la suma de Bs.- 47.399,88.-, por concepto de indemnización, desahucio, aguinaldo por duodécimas; vacación y bono 16 de julio
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Tercero del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación, por auto de vista Nº 221/04-SSAIII de 24 de septiembre de
- Que, contra el auto de vista, el apoderado del Municipio demandado, interpone recurso de casación
- Concluye solicitando se case el auto de vista recurrido en su totalidad, aplicando correctamente las
- CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, en base a los antecedentes del proceso y
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- Consiguientemente, al haberse advertido que el Juez a quo como el Tribunal ad quem obraron
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
