CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Sexto del Trabajo y Seguridad Social
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VISTOS: El recurso de casación en la forma de fs. 631-635, interpuesto por Antoine Kuhn, Gerente General de la Empresa Aguas del Illimani S.A., contra el auto de vista Nº 015/05-SSA-I de 9 de febrero de 2005 (fs. 616), pronunciado por la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz; dentro el proceso social que sigue Santiago Osco, Félix Tarifa, Martín Apaza, Teresa Sánchez, en sus calidades de Secretario General, Secretario de Relaciones, Secretario de Hacienda y Delegada a la Caja Petrolera, en representación del Sindicato y de los afiliados de la Empresa Aguas del Illimani contra la empresa que representa el recurrente, la respuesta de fs. 641, los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Sexto del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de La Paz, emitió la sentencia Nº 35/2001 en 3 de agosto de 2001 (fs. 574-577), declarando improbada la demanda de fs. 2-10, probada la excepción perentoria de pago y probada la excepción perentoria de prescripción de la acción
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Sexto del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación, por auto de vista Nº 015/05-SSA-I de 9 de febrero de
- Que, contra el referido auto de vista, la empresa demandada a través de su Gerente
- CONSIDERANDO II: Que, antes de considerar los fundamentos del recurso, el Tribunal Supremo de Justicia
- I
- II
- III
- Concluyéndose que el Tribunal ad quem pronunció la sentencia de segundo grado en forma oficiosa,
- Por lo que corresponde aplicar lo dispuesto en el art
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
