Auto Supremo AS/1043/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1043/2006

Fecha: 20-Oct-2006

I


I.- El Tribunal ad quem a tiempo de conocer y resolver el recurso de apelación, anuló obrados hasta la nota de fs. 573 vta., incluyendo la sentencia de fs. 574-577; es decir, al estado de que el inferior o su suplente legal pronuncie nueva sentencia subsanando las omisiones y actuaciones procesales establecidas, dando cumplimiento a las disposiciones legales contenidas en los arts. 79, 80 y 201 del Cód. Proc. Trab., con el objeto de hacer efectivo el cómputo y control del plazo para dictar sentencia de 10 días, evitando se afecte la competencia del juzgador, omisión que conllevó a la nulidad sancionada por el art. 90 del Cód. Pdto. Civ.; al margen de que los datos del proceso son incongruentes y faltos de correlación, porque la fecha de ingreso a despacho para sentencia, según la nota de fs. 573 vta., es de 28 de julio de 2002 y la sentencia es pronunciada el 3 de agosto de 2001, aspecto que no permite realizar el respectivo cómputo del plazo efectivo para la dictación del fallo de primera instancia