CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Primero del Trabajo y Seguridad Social
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VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 96-97, interpuesto por Verónica Elisa Cortéz Álvarez, en representación Alfredo Jaldín Rodríguez, contra el auto de vista Nº 015/2005 de 25 de enero de 2005 (fs. 93) pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba; dentro el proceso social seguido por el recurrente contra la Honorable Alcaldía Municipal de Cochabamba, la respuesta de fs. 100-101, el dictamen fiscal de fs. 106-107, los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Primero del Trabajo y Seguridad Social de Cochabamba, emitió la sentencia de 18 de febrero de 2003 (fs. 65), declarando improbada la demanda de fs. 14 de obrados
- DISTRITO: Cochabamba PROCESO: Social
- MINISTRO RELATOR: Dr. Juan José González Osio
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Primero del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación, por auto de vista Nº 015/2005 de 25 de enero de
- Que, contra el auto de vista, la apoderada del demandante, interpone recurso de casación en
- CONSIDERANDO II: Que, antes de ingresar al análisis del recurso interpuesto, corresponde recordar que, en
- Que, en el caso de autos, previa la revisión minuciosa del expediente, se estable que
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator: Ministro Dr. Juan José González Osio
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
