Que, contra el auto de vista, la apoderada del demandante, interpone recurso de casación en
Que, contra el auto de vista, la apoderada del demandante, interpone recurso de casación en el fondo, expresando que el auto de vista recurrido contiene violación, interpretación errónea o aplicación indebida de la ley, además de haberse incurrido en error de derecho o error de hecho en la apreciación de las pruebas, solicitando se case el auto de vista recurrido con costas
- DISTRITO: Cochabamba PROCESO: Social
- MINISTRO RELATOR: Dr. Juan José González Osio
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Primero del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación, por auto de vista Nº 015/2005 de 25 de enero de
- Que, contra el auto de vista, la apoderada del demandante, interpone recurso de casación en
- CONSIDERANDO II: Que, antes de ingresar al análisis del recurso interpuesto, corresponde recordar que, en
- Que, en el caso de autos, previa la revisión minuciosa del expediente, se estable que
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator: Ministro Dr. Juan José González Osio
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
