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2.- En el extenso memorial del recurso que se examina, el recurrente, trata de fundamentar su acción acusando la violación de las disposiciones que cita (entre tales varias no fueron aplicadas en el fallo), insistiendo en el reconocimiento de beneficios sociales por un tiempo de servicios de 10 años 7 meses y 12 días, comprendidos entre el 3 de noviembre de 1990 y el 15 de junio de 2001, haciendo alusión a que el Tribunal ad quem, formó convicción tergiversando su declaración confesoria, dando valor absoluto a las declaraciones testificales de cargo y no así las de su parte, afirmando que su supuesto viaje a la Argentina no existió y que, en todo caso, en los años de 1998 a 2000 siguió trabajando en forma continuada para su ex patrona hasta el 15 de junio de 2001
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Que, contra el auto de vista de 22 de octubre de 2004, la parte demandante,
- 1.- El Tribunal ad quem, confirma la sentencia de primera instancia, considerando que
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- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- No se regula el honorario profesional de abogado, por no haber sido respondido el recurso
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
