Auto Supremo AS/1123/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1123/2006

Fecha: 20-Oct-2006

Que, a este efecto de la revisión del recurso, se colige que el recurrente no


Que, a este efecto de la revisión del recurso, se colige que el recurrente no cumplió los requisitos enumerados en el inc. 2) del art. 258 de la norma procesal civil (en este caso de fundamentar su recurso), porque no obstante de citar algunas disposiciones legales, no precisó en qué efecto plantea el recurso de casación, menos de qué manera fueron presuntamente infringidas o aplicadas falsa o erróneamente, tampoco demuestra ninguna de las causas de infracción a las formas esenciales del proceso, conforme el art. 254 del Cód. Pdto. Civ., para anular el auto de vista; simplemente como si se tratara de un memorial de conclusiones, realiza un relato intrascendente de escaso contenido jurídico, haciendo alusión que corresponde su reincorporación a su fuente de trabajo como docente, cuando dicha contratación es facultad de la universidad demandada, en función al art. 185 I de la C.P.E