Auto Supremo AS/0495/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0495/2006

Fecha: 15-Nov-2006

Que esta omisión no puede suplirse de oficio por constituir el fundamento legal para su


Que esta omisión no puede suplirse de oficio por constituir el fundamento legal para su procedencia, lo que deviene en su inadmisibilidad en sujeción de lo que contempla el Art. 418 del Código de Procedimiento Penal