En consecuencia, corresponde aplicar la parte in fine del art
En consecuencia, corresponde aplicar la parte in fine del art. 417 del Código de Procedimiento Penal, y en vista que no se han observado los requisitos exigidos por ley, este Tribunal debe declarar la inadmisibilidad del recurso deducido
- CONSIDERANDO: Que del memorial de impugnación se tiene que el recurrente denuncia que habiendo sido
- Con esos antecedentes, refiere que el Auto de Vista impugnado, vulnera el art
- Asimismo denuncia violación del parágrafo 4º del art
- CONSIDERANDO: Que el recurso deducido, si bien ha sido interpuesto dentro del término de ley,
- Sin embargo acusa que los arts
- En consecuencia, corresponde aplicar la parte in fine del art
- POR TANTO: La Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con intervención de
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Fdo. Dra. Rosario Canedo Justiniano
- Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Sucre, trece de noviembre de dos mil seis
- Proveído.- Ximena Lucia Mendizabal Hurtado - Secretaria de Cámara.
