POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, con la intervención
Que el fundamento jurídico de la contradicción jurídica se encuentra respalda por la línea jurisprudencial que el precedente invocado expresa; asimismo dicha línea jurisprudencial se argumenta con la doctrina jurídica producida en el ámbito nacional como internacional.
POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, con la intervención de la Ministra y Presidenta de la Sala Penal Segunda Dra. Rosario Canedo Justiniano, convocada para el efecto, con la facultad conferida por el artículo 419 del Código de Procedimiento Penal declara INFUNDADO el recurso de casación de fojas 150 y vuelta de obrados
- Abuso de confianza
- MINISTRA RELATORA: Dra. Rosario Canedo Justiniano
- VISTOS: el recurso de casación de fojas 150 y vuelta interpuesto por Rubens Rivarola Muñoz
- CONSIDERANDO: que Rubens Rivarola Muñoz mediante su recurso de casación impugna el Auto de Vista
- CONSIDERANDO: que de la revisión del recurso y los antecedentes del proceso se llega la
- Que el recurrente no debe limitarse a citar párrafos del precedente invocado ni del auto
- POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, con la intervención
- RELATORA: Ministra Dra. Rosario Canedo Justianino
- Fdo. Dra. Beatriz A. Sandoval de Capobianco
- Dra. Rosario Canedo Justiniano
- Proveído.- Abog. Sandra Magaly Mendivil Bejarano - Secretaria de Cámara de la Sala Penal Primera.
