CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, ingresando a su análisis con relación a los
CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, ingresando a su análisis con relación a los datos del proceso, se tiene:
1.- La característica especial de la norma laboral, es la tutela del trabajador, traducida en la irrenunciabilidad de los derechos consagrados en los arts. 162 de la C.P.E. y 4º de la L.G.T, porque en el derecho del trabajo prevalecen las disposiciones del ius cogens (derecho obligatorio, es decir, la norma debe cumplirse obligatoriamente)
- DISTRITO: La Paz PROCESO: Social
- MINISTRO RELATOR: Dr. Juan José González Osio
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Quinto del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación, por auto de vista Nº 53/05 SSA-III de 1º de abril
- Que, contra el auto de vista, el demandado interpone el recurso de casación de fs
- Concluye solicitando se case el auto de vista y, deliberando en el fondo declare improbada
- CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, ingresando a su análisis con relación a los
- 3
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- No se regula el honorario profesional de Abogado, en razón de no haber sido contestado
- Relator: Ministro Dr. Juan José González Osio
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
