CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Sexto del Trabajo y Seguridad Social
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VISTOS: El recurso de casación en el fondo y en la forma de fs. 57-59, interpuesto por Martha Quispe Ríos, contra el auto de vista Nº 039/05-SSA-I de 24 de marzo de 2005 (fs. 54), pronunciado por la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz; dentro el proceso social que sigue Mario Bautista Mamami Apaza, Eulogio Ramos Cunurana y Luis Cama Quispe contra la empresa Industrias de Pastas Alimenticias "San Pedro", la respuesta de fs. 60, los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Sexto del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de La Paz, emitió la sentencia Nº 51/2002 de 29 de julio de 2002 (fs. 39-43), declarando probada la demanda de fs. 1-3, disponiendo que Martha Quispe Ríos en representación de la empresa demandada, cancele por concepto de indemnización, desahucio, vacación y sueldos devengados a favor de Mario Bautista Mamani Apaza el monto de Bs.- 7.009,71.-, para Eulogio Ramos Cunurana, la suma de Bs.- 6.153,33.- y para Luis Cama Quispe, la suma de Bs.- 14.666,66.-
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Sexto del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación, por auto de vista Nº 039/05-SSA-I de 24 de marzo de
- Que, contra el auto de vista, Martha Quispe Ríos interpone recurso de casación en el
- En la forma, vuelve a reiterar la violación de los arts
- Concluye solicitando se case el auto de vista y en su mérito se falle en
- CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, ingresando a su análisis con relación a los
- Bajo este lineamiento doctrinal, ocurre que en las organizaciones empresariales trabajan gran número de personas,
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario profesional de Abogado, en la suma de Bs
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
