CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, ingresando a su análisis con relación a los
CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, ingresando a su análisis con relación a los datos del proceso, se tiene:
1.- En cuanto a la casación en el fondo, la doctrina considera que en el derecho de las relaciones individuales del trabajo se da entre dos sujetos, de los cuales uno (persona física) realiza actos, ejecuta obras y presta servicios a favor del otro, bajo dependencia de éste, en forma voluntaria y mediante el pago de una remuneración, cualquiera sea el acto que le dé origen; es decir, una parte es denominada trabajadora y la otra es la empleadora que la ley define como la persona física o conjunto de ellas, o jurídica, tenga o no personalidad jurídica propia que requiera los servicios del trabajador
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Sexto del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación, por auto de vista Nº 039/05-SSA-I de 24 de marzo de
- Que, contra el auto de vista, Martha Quispe Ríos interpone recurso de casación en el
- En la forma, vuelve a reiterar la violación de los arts
- Concluye solicitando se case el auto de vista y en su mérito se falle en
- CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, ingresando a su análisis con relación a los
- Bajo este lineamiento doctrinal, ocurre que en las organizaciones empresariales trabajan gran número de personas,
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario profesional de Abogado, en la suma de Bs
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
