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3.- Corresponde también dejar establecido que, en aplicación de la facultad fiscalizadora de los procesos inserta en el art. 15 de la L.O.J., es que se revisó el proceso y se estableció, líneas arriba, que si bien el demandante no estaba sujeto a la Ley General del Trabajo; empero al haberse reconocido el pago de un derecho adquirido, se abrió excepcionalmente la competencia para resolver parcialmente la pretensión del actor, sin que amerite la determinación de nulidad o sanción a los de grado
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Segundo del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación, formulado por el actor, mediante auto de vista Nº 170/2005 de
- Que, contra el indicado auto de vista, el demandante, interpone recurso de casación en el
- Concluyó solicitando se aplique el art
- CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, con carácter previo a emitir resolución, corresponde dejar
- II
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- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
