Que, contra el indicado auto de vista, el demandante, interpone recurso de casación en el
Que, contra el indicado auto de vista, el demandante, interpone recurso de casación en el fondo (fs. 44-45), alegando que se incurrió en errónea aplicación de los arts. 66 y 150 del Cód. Proc. Trab. y en la incorrecta aplicación del art. 127 del indicado Código Adjetivo, porque no se reconoció el pago del desahucio, mas aún si el art. 75 de la Ley de Municipalidades prohíbe el retiro discrecional, habiéndose admitido en forma indebida una excepción que no se encuentra en la normativa laboral
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Segundo del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación, formulado por el actor, mediante auto de vista Nº 170/2005 de
- Que, contra el indicado auto de vista, el demandante, interpone recurso de casación en el
- Concluyó solicitando se aplique el art
- CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, con carácter previo a emitir resolución, corresponde dejar
- II
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- III
- IV
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
