Concluye solicitando que se aplique en justicia las leyes y condene al Tribunal infractor
Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo de fs. 169-171, planteado por la apoderada de los actores, en el que fundamentó que la nulidad determinada en la resolución recurrida fue sin causal justificada, al no estar prevista en el art. 247 de la L.O.J., porque el poder otorgado en su favor por el Sr. Clemente Walter Salinas Sosa, fue a nombre suyo y de los demandantes, existiendo mandato tácito de éstos últimos al haber consentido de manera voluntaria el mandato otorgado por el instrumento público Nº 105/2003, incumpliéndose los principios que rigen las nulidades, más aún si los demandantes ratifican ahora el poder otorgado y amplían más poder para que los represente en este proceso.
Concluye solicitando que se aplique en justicia las leyes y condene al Tribunal infractor
- DISTRITO: Santa Cruz PROCESO: Social
- MINISTRO RELATOR: Dr. Juan José González Osio
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social, el Juez Tercero del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación formulada por el apoderado de la empresa demandada, mediante el indicado
- Concluye solicitando que se aplique en justicia las leyes y condene al Tribunal infractor
- I
- II
- III
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Juan José González Osio
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
