Auto Supremo AS/1235/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1235/2006

Fecha: 11-Nov-2006

Que, contra el auto de vista, el Gerente General de la empresa demandada, interpone recurso


En grado de apelación, por auto de vista de 21 de febrero de 2005 (fs. 103-104), se revoca totalmente la sentencia apelada y, deliberando en el fondo, se declara probada la demanda en todas sus partes, sin costas, ordenando que la entidad demandada cancele por concepto de prima y desahucio a favor de Lourdes Balderas Maruanda la suma de Bs.- 12.791,72.-, para Julia del Rosario Alarcón de Heredia Bs.- 13.101.08, a Ana María Coca Ruiz Bs.- 11.530,92.- y para Teodoro del Castillo Ruiz la suma de Bs.- 8.626,92.-

Que, contra el auto de vista, el Gerente General de la empresa demandada, interpone recurso de casación en el fondo y en la forma (fs. 110-111):

En el fondo, aduce que el auto de vista recurrido incurrió en error de hecho y de derecho en la apreciación de la prueba documental, por cuanto los demandantes recibieron el pre-aviso de ley conforme establece el D.S. Nº 06813 de 3 de julio de 1964, cumpliendo con los 90 días exigido por ley; es decir que la extinción de la relación laboral se produjo a partir del 24 de enero del 2001, no siendo cabal la apreciación del Tribunal de alzada que el memorándum de pre-aviso se hubiera entregado ante tempus