En grado de apelación, la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito
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VISTOS: El recurso de casación de fs. 99-102, interpuesto por Luís Alberto Baldivieso Rivero, contra el Auto de Vista Nº 274, de 20 de junio de 2005, cursante a fs. 96-97, pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro el proceso social seguido por Rusmary Francisca Justiniano Melgar contra el recurrente, sobre pago de beneficios sociales y otros, la respuesta de fs. 104-106, los antecedentes del proceso; y
CONSIDERANDO: Que, planteada la demanda a fs. 7-8 y corridos los trámites del proceso, la Jueza Cuarto del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Santa Cruz, dicta la sentencia cursante a fs. 79-81 declarando PROBADA en parte la demanda, ordenando la reincorporación de la demandante a su fuente laboral mas el pago de Bs. 21.759.- por conceptos de subsidios, sueldos devengados, aguinaldo, vacación y gastos de maternidad.
En grado de apelación, la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, a fs. 96-97 pronunció Auto de Vista CONFIRMANDO en todas sus partes la sentencia de fs. 79-81, fallo que motivó el recurso de casación, materia de la presente resolución
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- En grado de apelación, la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito
- CONSIDERANDO: Que, en el recurso, se acusa infracción del art
- Agrega que el finiquito elaborado por el inspector de trabajo fue realizado en base a
- Por último acusa que, al resolver la controversia de manera ultra petita, ha incurrido en
- Concluye solicitando se dicte auto supremo ANULANDO obrados hasta el vicio procesal más antiguo, en
- Sin embargo y aún prescindiendo consideraciones respecto de las deficiencias del recurso y tomando en
- Sobre el incumplimiento del convenio a que se refiere el inc
- Tampoco se encuentran fundadas las razones por las que se demanda nulidad de obrados, a
- Consiguientemente y en mérito a lo expuesto, este Tribunal no encuentra fundados los motivos del
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario del profesional abogado en Bs
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
