Por último acusa que, al resolver la controversia de manera ultra petita, ha incurrido en
Señala también que al responder la demanda, solicitó a la jueza que disponga la reincorporación, lo que no fue dado curso para preferir fallar de manera ultra petita.
Por último acusa que, al resolver la controversia de manera ultra petita, ha incurrido en infracción del art. 149 con relación al art. 117, ambos del Código Procesal del Trabajo, debido a que de los finiquitos y demanda de la actora se infiere incoherencias en lo concerniente a montos y conceptos pretendidos
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- En grado de apelación, la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito
- CONSIDERANDO: Que, en el recurso, se acusa infracción del art
- Agrega que el finiquito elaborado por el inspector de trabajo fue realizado en base a
- Por último acusa que, al resolver la controversia de manera ultra petita, ha incurrido en
- Concluye solicitando se dicte auto supremo ANULANDO obrados hasta el vicio procesal más antiguo, en
- Sin embargo y aún prescindiendo consideraciones respecto de las deficiencias del recurso y tomando en
- Sobre el incumplimiento del convenio a que se refiere el inc
- Tampoco se encuentran fundadas las razones por las que se demanda nulidad de obrados, a
- Consiguientemente y en mérito a lo expuesto, este Tribunal no encuentra fundados los motivos del
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario del profesional abogado en Bs
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
