Auto Supremo AS/1306/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1306/2006

Fecha: 22-Nov-2006

Que, la entidad demandada no desvirtuó la demanda del actor, acreditando en el curso del


Que, la entidad demandada no desvirtuó la demanda del actor, acreditando en el curso del proceso el pago de los sueldos devengados, faltando a la carga procesal que le imponen los arts. 66 y 150 del Cód. Proc., cuyo cumplimiento no se activa y no está condicionada a pedido expreso de la parte demandante, como pretende el recurrente, a modo de fundamentar el supuesto error de hecho y de derecho en la apreciación de las pruebas que alega, omitiendo especificar, en qué foja del expediente consta el pago de salarios devengados al actor, respecto de lo que se pueda apreciar el error de hecho o de derecho en que incurrieron los jueces de grado o se demuestre su manifiesta equivocación, resultando en todo caso, irónicamente evidente su propia afirmación de que en la especie, definitivamente no "existe presunción de certidumbre de certeza de lo pretendido por el demandado, por negligencia del demandado"