CONSIDERANDO II: Que, con carácter previo a analizar los fundamentos del recurso, conforme establece el
A su vez la apoderada de las actoras, responde en base a los argumentos del escrito de fs. 297-299, solicitando se declare infundado el recurso de contrario, con costas.
CONSIDERANDO II: Que, con carácter previo a analizar los fundamentos del recurso, conforme establece el art. 15 de la L.O.J., los tribunales de casación tienen, respecto de los jueces y tribunales de alzada y los de primera instancia, la obligación de revisar de oficio los procesos a tiempo de conocerlos, para verificar si los jueces y funcionarios observaron y aplicaron correctamente las leyes que rigen su tramitación y conclusión, para aplicar en su caso las sanciones pertinentes
- DISTRITO: Santa Cruz PROCESO: Social
- MINISTRO RELATOR: Dr.Juan José González Osio
- Dicho fallo motivó que el representante del Servicio Prefectural de Caminos (SEPCAM), por memorial de
- CONSIDERANDO II: Que, con carácter previo a analizar los fundamentos del recurso, conforme establece el
- II
- IV
- Relator:Ministro Dr. Juan José González Osio
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
