CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Tercero del Trabajo y Seguridad Social
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VISTOS: El recurso de casación de fs. 67, interpuesto por Hugo Rodríguez Zeballos y Martha Saenz de Rodríguez, contra el auto de vista Nº 127/05-SSA-I de 13 de junio de 2005 (fs. 62) y auto Nº 132/05-SSA-I, de 25 de agosto de 2005, pronunciados por la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz; dentro el proceso social que sigue Francisca Ramos Coaquira, la respuesta de fs. 70, contra los recurrentes, los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Tercero del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de La Paz, emitió la sentencia Nº 49/2003 de 7 de mayo de 2003 (fs. 40-42), declarando probada en parte la demandada de fs. 5, disponiendo que los demandados Martha Saenz de Rodríguez y Hugo Rodríguez Zeballos, cancelen a la actora la suma de Bs. 12.141.00.- por concepto de indemnización por tiempo de servicios
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Tercero del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación, interpuesto por ambas partes, por auto de vista Nº 127/05-SSA-I de
- Que, contra el referido auto de vista, los demandados, interponen recurso de casación (fs
- Concluyeron solicitando se case el fallo recurrido con las formalidades de ley
- CONSIDERANDO II: Que, así expuestos los fundamentos del recurso, corresponde verificar si es o no
- Consiguientemente, en cumplimiento del art
- II
- Consiguientemente, en autos, al haberse incurrido en violación de la referida norma, corresponde rectificar la
- III
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Para resolución, conforme convocatoria de fs
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
