Auto Supremo AS/1335/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1335/2006

Fecha: 09-Dic-2006

Consiguientemente, en autos, al haberse incurrido en violación de la referida norma, corresponde rectificar la


Consiguientemente, en autos, al haberse incurrido en violación de la referida norma, corresponde rectificar la liquidación correspondiente, respecto a ese concepto, concluyéndose además que no se ha demostrado la existencia de error de hecho o de derecho, alegado en el recurso, pues las pruebas presentadas, respecto del presunto retiro voluntario de la demandante, no son suficientes para acreditar dicha afirmación