Auto Supremo AS/1336/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1336/2006

Fecha: 09-Dic-2006

Sin embargo de lo anterior y establecida como se tiene la infracción legal, en el


Sin embargo de lo anterior y establecida como se tiene la infracción legal, en el marco del art. 274 del Código de Procedimiento Civil, corresponde fallar en lo principal del litigio, mas no el reenvío pretendido por el recurrente, por cuanto el mismo es de aplicación en el caso de errores in procedendo