En grado de apelación formulada por ambas partes, mediante el auto de vista indicado Nº
En grado de apelación formulada por ambas partes, mediante el auto de vista indicado Nº 396 de 30 de agosto de 2005, (fs. 444-446), se confirma la sentencia, con la modificación de la liquidación de los derechos, disponiendo que la empresa demandada, cancele al actor $us. 6.566,03.-, por desahucio, indemnización, vacación, aguinaldo y sueldos devengados
- DISTRITO: santa Cruz PROCESO: Social
- MINISTRO RELATOR: Dr.Juan José González Osio
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social, el Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación formulada por ambas partes, mediante el auto de vista indicado Nº
- Dicho fallo motivó los recursos de casación de fs
- CONSIDERANDO II: Que, dentro de este marco legal corresponde verificar si es o no evidente
- II
- III
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Juan José González Osio
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
