Auto Supremo AS/1397/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1397/2006

Fecha: 12-Dic-2006

Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez


Que, en este marco legal, el auto de vista se ajusta a las normas legales en vigencia, no se advierte violación de norma legal alguna; al contrario realizó correcta interpretación y aplicación, de donde se concluye que, el tribunal de alzada, ha obrado sin incurrir en las violaciones acusadas en el recurso.

POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la atribución contenida en el inc. 1) del art. 60 de la L.O.J., arts. 271 inc. 2) y 273 del Cód. Pdto. Civil, aplicables por mandato del art. 252 del Cód. Proc. Trab., declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 172-176, con costas.

Se regula el honorario profesional de abogado, en la suma de Bs. 500 que mandará pagar el tribunal ad quem.

Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez