Auto Supremo AS/1399/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1399/2006

Fecha: 12-Dic-2006

2) La pretensión de anular el proceso, desconoce también el principio de especificidad y lo


2) La pretensión de anular el proceso, desconoce también el principio de especificidad y lo impuesto en los arts. 3º inc. e) y 57 del Cód. Proc. Trab., concordante con el 251-I del Cód. Pdto. Civ.; toda vez que la nulidad sólo procede cuando causa daño o perjuicio a quien la solicita, lo que no sucede en el caso presente; porque el actor asumió la acción y defensa dentro el proceso, en todas las etapas de la causa, ofreciendo prueba de cargo, interponiendo inclusive los recursos previstos por ley