Auto Supremo AS/1426/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1426/2006

Fecha: 12-Dic-2006

4) En la especie, lo resuelto por el tribunal de apelación, no importa vulneración al


4) En la especie, lo resuelto por el tribunal de apelación, no importa vulneración al principio de protección a los trabajadores, amparados en los arts. 162 de la C.P.E. y 4 de la L.G.T., por cuanto en los hechos, el mismo actor con su inacción ha permitido el transcurso del tiempo dando lugar a la prescripción del derecho ahora solicitado; porque no obstante, que los beneficios sociales son irrenunciables, no por ello dejan de ser imprescriptibles. Por lo expuesto, releva a este Tribunal considerar sobre la indexación y el tiempo total de servicios, precisamente por haber prescrito el derecho sobre los dos períodos anteriores; el primero comprendido entre junio de 1966 a agosto de 1970 y el segundo del mes de mayo de 1973 a agosto de 1980; porque con referencia al tercer periodo de julio de 1981 a mayo de 1999, se canceló los beneficios sociales que correspondían al actor, como acredita el finiquito cursante a fs. 1 de obrados