Auto Supremo AS/1434/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1434/2006

Fecha: 12-Dic-2006

CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, del examen y compulsa, se concluye lo siguiente


CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, del examen y compulsa, se concluye lo siguiente:

1) El reclamo referente al hecho de que el demandado Freddy Mejía Pedriel, no acreditó su calidad de Alcalde Municipal de Riberalta, ya mereció análisis y resolución por los tribunales de instancia al concluir en la forma resuelta; al presente, no es posible volver a etapas pasadas por imperio de los arts. 3º inc. e) y 57 del Cód. Proc. Trab., precisamente por haber precluido el derecho a reclamar sobre la impersonería aludida; máxime, si fue la propia demandante reconoció en su demanda al nombrado Freddy Mejía Pedriel, como Alcalde Municipal de Riberalta, en todo caso al no haber interpuesto excepción de impersonería ninguna de las partes, al presente carece de relevancia lo denunciado en el recurso, por cuanto la condición de Alcalde, esta acreditado con las Resoluciones del dicho Municipio, cursantes a fs. 74 y 107 de obrados, por una parte y por otra, este fue no tema de controversia dentro el proceso