CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso, el Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social de
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VISTOS: El recurso de casación de fs. 150-152, interpuesto por el Gobierno Municipal de la ciudad de La Paz (GMLP), representado por Guillermo Rocha Pizarro, contra el auto de vista Nº 244/2005 SSA-II de 4 de octubre de 2005 (fs. 140), pronunciado por la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso social de reintegro de beneficios sociales, seguido por Rodolfo Joaquín Illanes Alvarado contra la entidad recurrente; los antecedentes del proceso, y
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso, el Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de La Paz, dictó la sentencia Nº 37/2003 de 2 de junio de 2003 (fs. 69-71), declarando probada en parte la demanda, improbada la excepción perentoria de prescripción y probada en parte la excepción perentoria de pago, disponiendo que la entidad demandada GMLP, cancele al actor, Bs. 37.513,41.-, por reintegro de desahucio, indemnización, aguinaldo y sueldo devengado
- DISTRITO: La Paz PROCESO: Social
- MINISTRO RELATOR: Dr.Juan José González Osio
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso, el Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social de
- En grado de apelación, formulada por el representante de la entidad demandada, la Sala Social
- Dicho fallo motivó el recurso de casación de fs
- I
- II
- Consecuentemente, siendo evidentes las infracciones acusadas, corresponde resolver el recurso en la forma prevista por
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Para resolución de la causa, según la convocatoria de fs
- Relator:Ministro Dr. Juan José González Osio
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
