d) El art
d) El art. 39 del D.R.L.G.T., que establece que las comisiones son parte del salario y son pago del trabajo realizado, derechos que le corresponde por participación activa en las operaciones comerciales suscritas con el banco Mercantil S.A. y con el Ministerio de Defensa según se tiene de las literales de fs.2, 170 y 171, transacciones que beneficiaron a la empresa conforme a los documentos de fs. 52, 60, 150 y 152, por lo que consecuencia lógica se vulnera también los arts. 7º inc. j) de la C.P.E. y 19 de la L.G.T., que determina que el cálculo de la indemnización se hace tomando en cuenta el termino medio de los salarios de los tres últimos meses, que las comisiones son parte del salario
- DISTRITO: La Paz PROCESO: Social
- MINISTRO RELATOR: Dr.Juan José González Osio
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación deducida por ambas partes, por auto de vista Nº 154/05-SSA-I de
- Que, contra el auto de vista, la demandante interpone recurso de casación en el fondo
- b) El art
- c) Los arts
- d) El art
- e) Los arts
- f) Finalmente, denuncia la vulneración de los arts
- CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, corresponde su análisis, de donde se tiene
- Ahora bien de la revisión de obrados y buscando la verdad material de los hechos,
- 3
- 4
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Para resolución, según convocatoria de fs
- Relator:Ministro Dr. Juan José González Osio
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
