POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia y con intervención
POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia y con intervención del Ministro Dr. Jaime Ampuero García Presidente de la Sala Penal Primera convocado al efecto, con la facultad conferida por el artículo 59 inciso 5) de la Ley de Organización Judicial, declara ILEGAL la compulsa interpuesta de fojas 23 a 24 y en cumplimiento del artículo 296 del Código de Procedimiento Civil, se condena al pago de costas y multa al compulsante, que se fijará por el tribunal inferior
- DISTRITO: Santa Cruz
- PARTES: Erick Mircko Herbas Mendez c/ Vocales de la Sala Civil Segunda
- VISTOS: el recurso de compulsa de fojas 23 a 24, interpuesto por Erick Mircko Herbas
- CONSIDERANDO: que el Tribunal Supremo tiene establecida su línea jurisprudencial sobre el recurso compulsorio, en
- Que el recurso de compulsa procede entre otros, por indebida negativa del recurso de apelación
- Que de los fundamentos de la compulsa y del propio auto objeto de este recurso,
- CONSIDERANDO: que en autos, la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial
- Consiguientemente se establece que no es procedente el indicado medio impugnativo, pues el Tribunal Supremo,
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia y con intervención
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Fdo. Dra. Rosario Canedo Justiniano
- Dr. Jaime Ampuero García
- Sucre, seis de abril de dos mil seis
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara.
