CONSIDERANDO: que el recurrente Edgar Guarayo Calle, denuncia que el Auto de Vista, incurre en
CONSIDERANDO: que el recurrente Edgar Guarayo Calle, denuncia que el Auto de Vista, incurre en "error injudicando" al tipificar por el delito de lesiones gravísimas sin la existencia de los elementos que configuran el tipo penal referido, ya que no tuvo participación con intención de causar debilitación permanente de la salud, menos la pérdida de un sentido del olfato de las acusadoras particulares, a más de que no existen pruebas, menos se habría demostrado que la existencia de instrumentos para la comisión del supuesto delito referido así como tampoco se habría demostrado la existencia del "dolo" en sus actos y que tampoco se aplicó el principio procesal "in dubio pro reo", incurriendo el Tribunal de sentencia y alzada en "valoración defectuosa de la prueba"
- DISTRITO: Oruro
- VISTOS: el recurso de casación cursante de fojas 171 a 174 interpuesto por Edgar Guarayo
- CONSIDERANDO: que para la admisibilidad del recurso de casación se debe cumplir con los requisitos
- CONSIDERANDO: que el recurrente Edgar Guarayo Calle, denuncia que el Auto de Vista, incurre en
- Invoca como precedentes contradictorios al fallo recurrido el Auto Supremo Nº 97 de fecha 1
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con intervención de
- Fdo. Dra. Rosario Canedo Justiniano
- Dra. Beatriz A. Sandoval de Capobianco
- Sucre, seis de abril de dos mil seis
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara
