Auto Supremo AS/0116/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0116/2006

Fecha: 12-May-2006

II


II.- En el sub lite, el recurrente fue notificado con la sentencia de fs. 42-43, mediante cédula el 7 de agosto de 2001 a horas 18:00, entregándosele la respectiva copia, según consta a fs. 70 del cuaderno de autos, aspecto que fue afirmado en el memorial de recurso de apelación de fs. 81-82, que fue presentado dentro del plazo legal previsto por el art. 205 del Cód. Proc. Trab., estableciéndose por ello que no se causó indefensión ni perjuicio al demandado en el desarrollo de la presente causa. Consiguientemente no existe ninguna vulneración que sustente la nulidad de obrados alegada en el recurso, conforme establece el art. 251-I del Cód. Pdto. Civ